LA TRADUCCIÓN JURÍDICA Y EL PROBLEMA DE LOS DICCIONARIOS

¿Te has planteado alguna vez lo difícil que es encontrar los equivalentes de algunos conceptos jurídicos anglosajones? ¿Has tratado de buscar en un diccionario y la respuesta ha sido decepcionante? No es nada raro. Los diccionarios no tienen todas las respuestas. En esta entrada te explicamos por qué.

Hace unos meses asistimos a un congreso de traducción jurídica.

Una de las ponencias más interesantes estuvo a cargo de los autores de dos diccionarios jurídicos bilingües.

Y su intervención comenzó con esta sorprendente y reveladora cita.

Que podría traducirse (libremente) por:

La traducción jurídica es un campo en el que los diccionarios tienen una utilidad limitada. De hecho, en algunas ocasiones pueden resultar francamente engañosos. La razón es que los diccionarios tratan de ofrecer como traducción un equivalente directo y muy raras veces, si es que lo hacen, aportan una explicación de la traducción.

La cita es de Walter Cairns y Robert McKeon, y aparece en su libro Introduction to French Law. No hemos podido leer todavía ese libro, pero, a juzgar por la clarividencia de sus autores, tiene que ser un gran libro.

Es posible que se pueda decir más alto, pero no es posible decirlo más claro.

Se trata de un problema al que nos enfrentamos todos los traductores jurídicos antes o después.

Qué pasa con los diccionarios

A nosotros nos gusta decir que los diccionarios no tienen todas las respuestas. Aunque pensemos que sí. Con frecuencia los traductores y los juristas acudimos a ellos desesperados buscando el equivalente preciso de un término que acabamos de descubrir.

Y, claro, no lo encontramos.

Ya sean diccionarios en papel o en línea, la mayoría de ellos ofrecen muy poco contexto y muy pocas opciones para traducir determinados términos, al menos los diccionarios jurídicos bilingües que nosotros conocemos.

Estos recursos están bien para entender el significado de palabras sencillas, unívocas o muy consolidadas. Pero no suelen ser útiles en lo que se refiere a términos polisémicos y que se emplean de forma diferentes en distintos campos del Derecho (cosa, por otra parte, bastante habitual).

Tal vez por esto los diccionarios tradicionales tienen cada vez menos sentido.

La falta de equivalencia de los sistemas jurídicos

¿Por qué pasa esto especialmente en el campo de la traducción jurídica?

Si bien es cierto que cada campo del saber tiene su propia complejidad, también lo es que muchos campos técnicos solo presentan diferencias terminológicas al pasar de un idioma a otro. Dicho con un ejemplo: un engranaje es un engranaje, en los Estados Unidos, en Japón o en Argentina. Solo es necesario encontrar el término equivalente en cada lengua.

Con la traducción jurídica, sin embargo, pasa algo diferente. Los traductores y los juristas nos enfrentamos a una dificultad añadida y, es que, cada país tiene su propio sistema de leyes que responden, además, a su propia tradición jurídica (también llamadas «familias del Derecho»).

Cada tradición ha evolucionado, normalmente, de una forma distinta y ha dado lugar a una serie de conceptos y palabras que le son propias y que, en bastantes ocasiones, no existen siquiera en otras tradiciones fuera de ella.

Por eso, los traductores jurídicos sentimos muchas veces que estamos comparando peras con manzanas. Nuestro trabajo no resulta nada sencillo.

Lo anterior no debe entenderse, ni mucho menos, como una queja. Al contrario. La dificultad resulta de lo más estimulante y nos permite investigar en Derecho comparado desde un punto de vista lingüístico y conceptual. De esa investigación salen la mayoría de los artículos que puedes encontrar en este blog.

El problema es que los diccionarios no pueden recoger en un espacio limitado la explicación detallada que merecerían la mayoría de sus entradas. Por ello, se limitan a ofrecer 3 o 4 posibles opciones sin aportar una explicación sobre cómo o cuándo emplearlas.

Primero entender, luego traducir

La traducción de textos jurídicos inglés-español se caracteriza por ser un claro ejemplo de lo que acabamos de comentar. Los documentos jurídicos redactados en inglés suelen pertenecer a la tradición jurídica denominada Common Law, mientras que los redactados en español corresponden a una tradición distinta denominada romanista o de Derecho romano-germánico.

Cuando tratamos de traducir un documento del inglés al español o viceversa, da igual la dirección, con frecuencia nos encontramos que no es posible trasladar un concepto de una lengua a la otra, pues sencillamente no existe.

A esa conclusión llegamos algunos, pero solo cuando entendemos bien de qué se está hablando en el documento. Pues, cuando no lo entendemos y elegimos al azar una de las 4 opciones que nos da el diccionario tenemos un 75 % de probabilidades de equivocarnos y solo un 25 % de elegir la correcta. Y ya sabemos lo que le gustan a Murphy estas situaciones.

La única manera de acertar, pues, es seguir estos dos pasos:

  • Primero, entender bien el concepto o los términos complejos a los que nos enfrentamos. Para eso hay que documentarse y estudiar bien los campos más importantes de la cultura jurídica de partida y de la cultura jurídica meta.
  • En segundo lugar, debes emplear algunas de las estrategias de traducción más habituales (extranjerizar, familiarizar, acudir a una traducción explicativa, u otras similares). En cada caso encontrarás que es posible emplear una combinación de varias de ellas.

Si eres jurista o traductor jurídico te recomendamos que no te la juegues. Consulta diferentes fuentes, documéntate bien, trata de entender primero el concepto que tienes entre manos y busca después la traducción más adecuada. Te adelantamos que muchas veces la perfección es imposible.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *